Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y
Concesiones con modificaciones de Ley 449-06
La comunicación que dirigen los concejales al alcalde
municipal dice que “…este Concejo de Regidores desconoce cuáles han sido los
pasos que se han dado hasta el momento”, siempre refriéndose a la construcción
del parque municipal, que se ha denunciado, pretende construir el edil sin el
consentimiento de la Sala Capitular.
(Y eso es una violación a la ley ok)
La comunicación, que está firmada por la licenciada
Cándida Rondón, presidenta del Consejo municipal; el licenciado Primitivo
Bottier Reyes, vicepresidente y los miembros, licenciada Milagros Balbuena de
Padilla, señor Antonio Espino Jiménez y Joaquín Cabrera Martínez, es
aprovechada por los regidores locales para indicarle al alcalde Diego Bautista
que “esto lo hacemos con la mejor intención de realizar el rol que nos toca y
que nos confiere la ley para lo cual fuimos electos”.
la Ley
No.105, del 16 de marzo de 1967, G. O. No.9026, que somete a concurso para su
adjudicación, todas las obras de ingeniería y arquitectura de más de
RD$10,000.00. Esta ley es muy clara y precisa.
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