Santo Domingo RD.- El presidente Luis Abinader mediante el decreto 361-21 instruye a los
comandantes generales de las Fuerzas Armadas, asĂ como a todas las dependencias militares y de inteligencia del Estado, que sometan a la consideraciĂłn del ministro de Defensa, los candidatos a ostentar posiciones de directores o subdirectores, asĂ como cualquier otra responsabilidad de similar jerarquĂa.
De acuerdo con el decreto, se modifica el artĂculo 2 del decreto 261-16 para que en lo adelante se lea: Los comandantes generales propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender deban ostentar los cargos de direcciĂłn o de cualquier otra responsabilidad de similar jerarquĂa, los cuales deberán satisfacer al menos los siguientes requisitos:
A) Tener más de 25 años en la institución.
B) Haber cumplido el curso en Estado Mayor correspondiente.
C) Cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, condiciones morales y éticas, asà como las demás que se establecen reglamentariamente.
ModificaciĂłn al artĂculo 3
En la modificaciĂłn del artĂculo 3 del decreto 261-16 manda a que los comandantes generales propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender deban ostentar los cargos se subdirecciĂłn o cualquier otra responsabilidad de similar jerarquĂa y que deberán tener los requisitos de tener más de 20 años en la instituciĂłn, haber realizado el curso avanzado e infanterĂa o plana mayor y cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formaciĂłn acadĂ©mica o tĂ©cnica, condiciones morales y Ă©ticas, asĂ como las demás que se establecen reglamentariamente.
ModificaciĂłn al artĂculo 4
En la modificaciĂłn al artĂculo 4 se establece que los oficiales auxiliares y los oficiales especialistas candidatos para ostentar el cargo de director y subdirector quedan exceptuados del requisito de haber realizado el curso de comando y Estado Mayor o avanzado de infanterĂa; no obstante, deben poseer tĂtulo universitario y cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formaciĂłn acadĂ©mica o tĂ©cnica, condiciones morales y Ă©ticas, tener 25 años en la instituciĂłn, en caso de direcciĂłn y 20 años en caso de subdirecciĂłn.
fuente cdn
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