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Regidores del Municipio de Fantino paran Construcción del Parque por Violación a la ley 340-06:




Por alegada inobservancia de ley 340-06:
EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE FANTINO ENTRA EN CONFLICTO CON LA SALA CAPITULAR POR CONSTRUCCION DEL PARQUE MUNICIPAL.

FANTINO.- La sindicatura del municipio de Fantino estaría violando la ley No.340-06, sobre compras y contrataciones de bienes y servicios, de ser cierta la información de que el alcalde Diego Bautista Gómez pretende iniciar en los próximos días la construcción del parque municipal de aquí, sin supuestamente llamar a concurso para licitar dicha obra entre los profesionales de la construcción.

 La inquietud surge a raíz de que circula en la población y en los medios de comunicación locales, los términos de una carta de fecha 21 de Febrero del año 2017, enviada al alcalde municipal Diego Bautista Gómez, la cual está firma por los cinco concejales del cabildo local, en la que le solicitan al ejecutivo municipal “abstenerse de iniciar el proceso de construcción del parque municipal, hasta que se haya agotado los procedimientos establecidos en las leyes…”, en alusión a la ley No. 340-06, que es el instrumento legal que rige para todos los estamentos del Estado dominicano las reglas para la asignación por concurso de las compras y contrataciones de bienes y servicio.

La comunicación, que está firmada por la licenciada Cándida Rondón, presidenta del Consejo municipal; el licenciado Primitivo Bottier Reyes, vicepresidente y los miembros, licenciada Milagros Balbuena de Padilla, señor Antonio Espino Jiménez y Joaquín Cabrera Martínez, es aprovechada por los regidores locales para indicarle al alcalde Diego Bautista que “esto lo hacemos con la mejor intención de realizar el rol que nos toca y que nos confiere la ley para lo cual fuimos electos”.

En el seno de esta población circula el rumor de que en los próximos días (pasada la fiesta  del carnaval) “será dado el primer picazo”, para dejar iniciados los trabajos de construcción del parque municipal, supuestamente, con la asignación de dicha  obra a una firma de ingenieros determinada, sin que alegadamente se hayan agotados los términos del debido proceso de ley establecido en la ley No.340-06 y sin que aparentemente tampoco lo sepan oficialmente los miembros del Concejo de Regidores del cabildo local.

La ley No. 340-06 establece los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con bienes, obras, servicios y concesiones del Estado.

 Están sujetos a las regulaciones previstas en esta ley y sus reglamentos, los organismos públicos, entre los que cuentan los ayuntamientos de los municipios y el Distrito Nacional.

 La ley No. 176-07, del Distrito Nacional y los municipios, en el Título XIV, sobre Contrataciones de bienes y Servicios, establece en el artículo No.220 que “Los ayuntamientos tendrán capacidad para concertar contratos para adquisición de bienes y servicios siempre que los mismos no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico vigente y a los principios de buena administración”.

Indica el párrafo del señalado artículo que el sistema de compras, concesiones, adjudicaciones de obras y contrataciones de bienes y servicios de las administraciones municipales estará sujeto a los principios de publicidad, transparencia, igualdad de posibilidades para interesados y oferentes.

Es la propia ley No.176-07, del Distrito Nacional y los municipios, que ordena que las contrataciones públicas de bienes, servicios obras y concesiones, se organizarán de acuerdo a la ley de Contrataciones Públicas y sus modificaciones.

 La comunicación que dirigen los concejales al alcalde municipal dice que “…este Concejo de Regidores desconoce cuáles han sido los pasos que se han dado hasta el momento”, siempre refriéndose a la construcción del parque municipal, que se ha denunciado, pretende construir el edil sin el consentimiento de la Sala Capitular.

 Otro conflicto que tendrá que enfrentar el alcalde de este municipio será con la denuncia que hacen los dueños de comercios que están alrededor del parque municipal.

En carta que le envían al ejecutivo municipal Diego Bautista Gómez y a los miembros de la Sala Capitular, firman los supuestos afectados que tienen conocimientos de que conjuntamente con la construcción del parque municipal, sería construida una pared en uno de los laterales de la plaza municipal, con el alegado propósito de aislar a los  que asisten a los centros de diversión y otros comercios que hay en dichos alrededores.


Dicen los comerciantes que se oponen tajantemente a que se construya dicha pared, porque de ser cierta la construcción de dicha pared en los alrededores del parque “…va significar la muerte comercial para nosotros los abajo firmantes…”.


por:www.paginasinformativas.com 

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