SANTO DOMINGO. A propĂłsito de la cancelaciĂłn del sargento de la PolicĂa Nacional Abel MarĂa Brisita CepĂn por la firma del “Libro Verde contra la Impunidad”, grupos y personas han reaccionado contra la medida disciplinaria.
La ConstituciĂłn señala que “no tienen derecho al sufragio los miembros de las Fuerzas Armadas y de la PolicĂa Nacional, ni quienes hayan perdido los derechos de ciudadanĂa o se encuentren suspendidos en tales derechos”.
Mientras que la Ley de la PolicĂa, en su artĂculo 153 sobre faltas muy graves, considera que “la participaciĂłn en huelgas, en acciones sustitutivas de estas o en actuaciones concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios”.
En tanto que el artĂculo 154, párrafo 14, indica como falta grave “asistir de uniforme a cualquier manifestaciĂłn o reuniĂłn pĂşblica, salvo que se trate de actos de servicio, o actos oficiales en los que la asistencia de uniforme estĂ© indicada o haya sido autorizada”.
En cuanto a las sanciones, el artĂculo 156 indica en el párrafo 1, que las faltas muy graves, pueden llevar a “la suspensiĂłn sin disfrute de sueldo por hasta noventa dĂas o la destituciĂłn”.
En el párrafo 2, del mismo artĂculo sostiene, que una falta grave puede llevar a “suspensiĂłn sin disfrute de sueldo hasta treinta dĂas, pĂ©rdida de derecho de acceso por un año o multa de diez salarios mĂnimos”.
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