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Jean Alain estafó al Estado a través de la compra fraudulenta de inmueble para parqueo de la Fiscalía del Distrito Nacional

 

Jean Alain Rodríguez.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), en el expediente de corrupción Operación Medusadetalla cómo supuestamente el anterior Procurador General de la República, Jean Alain Rodriguez, utilizó a la Fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos y a otros funcionarios, empleados y amigos para una operación fradulenta de compra inmuebles y desfalcar al Estado para su beneficio personal.

A partir de la página 1062, del grueso expediente de 12, 275 páginas, detalla todos los pasos dados para materializar los ilícitos que, según la PEPCA, cometió el acusado ex Procurador General.

"Esta maniobra fraudulenta realizada directamente por el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez constituyó una apropiación indebida de la cosa pública, desfalco, prevaricación, Estafa contra el Estado y lavado de activos, ya que del fondo de la Procuraduría General de la República desvió dinero a su beneficio personal, y con ello incrementó injustificadamente su patrimonio, enriqueciéndose ilícitamente", afirman los investigadores del Ministerio Público que tienen a su cargo el caso DE corrupción MEDUSA.

A continuación la parte del expediente que contiene la acusación contra Jean Alain Rodríguez y compartes:

Estafa al Estado a través de la compra fraudulenta de inmueble para parqueo de la Fiscalía del Distrito Nacional

"Dentro del modus operandi de la organización de crimen organizado encabezada por el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, se verifica que en coalición de funcionarios públicos y en asociación de malhechores con otros involucrados que se detallan más adelante, realizaron una estafa al Estado desviando aproximadamente once millonesde pesos dominicanos en la compra del inmueble que alojaría los parqueos de la Fiscalía del Distrito Nacional", precisa el documento.

En tal sentido, menciona la compra de un solar para parqueos de la referida Fiscalía, el cual fue declarado como una necesidad, con el supuesto propósito de generar la oportunidad para desviar fondos públicos.

Para esto, señala el expediente, fue promovida la aprobación de la Tercera Resolución dictada en la décima cuarta sesión del Consejo Superior del Ministerio Público, celebrada el tres de agosto del 2020, en la que entre otras cosas, se autorizó el uso de los fondos de los Certificados Financieros por garantías económicas, depositados en el Banco Agrícola Dominicano para la compra del señalado solar.

El documento que contiene la acusación del caso Medusaindica que la procuradora fiscal titular del Distrito NacionalRosalba Ramos Castillo, en fecha 19 de marzo del 2019, por supuesta instrucción de Jean Alain Rodríguez, solicitó como necesidad de la fiscalía que dirige la compra de un inmueble que se encuentra ubicado entre las calles Las Carreras y Bernardo Pichardo, en el Distrito Nacional.

"La solicitud antes señalada, adolece del número de oficio de protocolo de la Secretaría General de la Fiscalía del Distrito Nacional, por lo que no se puede solicitar certificación en los libros que permita establecer que esa fue la fecha de confección y remisión del documento, saliendo esto de todos los protocolos utilizados en las Fiscalías y, verificándose con ello una irregularidad en dicha comunicación", indica.

Explica que el documento de compra del inmueble descrito como: “solar 8-REF-C, manzana 371, DC 01, matrícula 0100173770 en el Distrito Nacional”, el derecho de propiedad pertenecía a la sucesión Méndez, entre las cuales estaba María Vanessa Méndez Chávez, quien era la coordinadora del Despacho de Jean Alain Rodríguez.

"A través de la Certificación del estado jurídico del inmueble, de fecha tres de junio del 2022, se advierte que María Vanessa Méndez Chávez le vende al señor Eric Fernando José Mejía Almonte, quien es el amigo de la infancia del ex procurador General de la República, el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, por medio de un contrato de compraventa de 16 de enero del año 2020, el inmueble antes descrito, por la suma de siete millones de pesos dominicanos, el cual el 20 de abril, fue vendido por Eric Fernando José Mejía Almonte a la Procuraduría General de la República, por la suma de diecinueve millones de pesos dominicanos, representando un aumento en el costo, de doce millones de pesos dominicanos, lo que equivale a una plusvalía de un 271%", precisa.

Una situación imposible, de acuerdo a la acusación, partiendo de que, en el corto tiempo comprendido entre la primera y la última venta, no se suscitó nada particular que generara dicho incremento en el costo, ya que en el sector inmobiliario se estima que las propiedades aumentan aproximadamente, como máximo, un 15% anualmente, en el sector urbano.

"Se verifica además que, producto de la venta simulada por parte del señor Eric Fernando José Mejía Almonte a la Procuraduría General de la República, del inmueble previamente descrito, el mismo recibió diecinueve millones de pesos dominicanos (RD$ 19,000,000.00) a través del cheque No. 044950 del Banco Banreservas, los cuales posteriormente depositó en una cuenta del Banco BHD, y de manera paulatina le entregó aproximadamente once millones de pesos (RD$11,000,000.00) en efectivo al acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, comprobándose con esto acciones típicas penales tales como Estafa contra el Estado Dominicano, Desfalco, enriquecimiento ilícito y el lavado de activos".

El Ministerio Público alega que para lograr los fines, el 17 de marzo del 2020, durante la novena sesión del Consejo Superior del Ministerio Público, presidida por Jean Alain Rodríguez, se emitió la Tercera Resolución, en la que se autorizó al acusado Jonnathan Joel Rodríguez Imbert a representar a la Procuraduría General de la República (PGR) en la compra del inmueble en cuestión, con la finalidad de hacer en el mismo los parqueos de la Fiscalía del Distrito Nacional.

"Queriendo justificar la erogación de fondos con la Tercera Resolución dictada en la décima cuarta sesión del Consejo Superior del Ministerio Público, celebrada el tres (3) de agosto del año dos mil veinte (2020), situación no creíble partiendo de que la compra cuestionada es del 20 de abril del año dos mil veinte (2020) y la resolución es del mes de agosto del año dos mil veinte (2020), por lo que la necesidad por la situación de la pandemia por Covid-19 (que fue uno de los argumentos utilizados para la erogación de fondos), no había siquiera surgido, toda vez que el estado de emergencia se declaró en fecha diecinueve (19) de marzo del año dos mil veinte (2020), mientras que la resolución argüida se dio el diecisiete (17) de marzo del 2020".

El Ministerio Público también señala que el inmueble descrito como solar 8-REF-C, manzana 371, DC 01, matrícula 0100173770 en el Distrito Nacional, fue adquirido, de acuerdo a la resolución del Consejo Superior del Ministerio Público que autoriza su compra para fines de parqueos de la Fiscalía del Distrito Nacional, pero el mismo no tenía vocación para eso, ya que la forma de inmueble y su disponibilidad no es adecuada para parqueos, tanto así que actualmente su uso es ajeno a su fin, en violación a la Resolución del Consejo Superior del Ministerio Público presidido por el ex Procurador de la República, el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, del 17 marzo del 2020.

Menciona como otra de las supuestas maniobras fraudulentas realizadas fue que, para sustentar la compra del inmueble señalado, se valieron de un avalúo de inmueble, realizado por el ingeniero Eddy Valeriano de Tasaciones Exactas S.R.L., que establece que dicho inmueble tenía un valor en el mercado de diecinueve nueve millones doscientos mil pesos dominicanos, que tenía la capacidad para 18 parqueos, y concluye el tasador que el avalúo se realizó con la documentación aportada. De lo que se colige, que cada parqueo costaría un millón cincuenta mil quinientos cincuenta pesos.

"El pago realizado por la Procuraduría General de la República (PGR), por concepto de la compra de este inmueble, que asciende a la suma de diecinueve millones de pesos dominicanos, de los cuales hay una retención por impuestos de novecientos cincuenta mil pesos, quien lo recibe es el señor Eric Fernando José Mejía Almonte, quien estableció mediante acta de entrega de fecha veinticuatro (24) de mayo del año dos mil veintidós (2022), que recibió directamente los fondos por instrucción de su amigo de infancia, el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien previamente le instruyó, que con los aproximadamente once millones de pesos que él había desviado de los fondos públicos adquiriera por la suma de ciento setenta mil dólares estadounidenses, el apartamento 311 del piso 11 de la Torre Veneto IV, en el Distrito Nacional, y que tomara un millón de pesos  por concepto de gastos, con la indicación de que tanto la compra del inmueble para fines del parqueo de la Fiscalía del Distrito Nacional, como la compra del apartamento antes señalado, debía realizarlo a su propio nombre, es decir a nombre de Eric Fernando José Mejía Almonte.

El documento dice que, supuestamente, utilizando así el señor Eric Fernando José Mejía Almonte falsa calidad y prestando el nombre como mecanismo fraudulento para desvincular el inmueble del acusado Jean Jean Alain Rodríguez Sánchez, y con eso evitar o dificultar la determinación del real propietario del bien, así como ocultar la naturaleza y origen de éste. Con esta acción delictiva el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, incrementó de forma injustificada su patrimonio, enriqueciéndose ilícitamente a consecuencia de los delitos de corrupción administrativa que cometió siendo el Procurador General de la República Dominicana.

"El señor Eric Fernando José Mejía Almonte estableció, en el acta de entrega del apartamento ubicado en la Torre Veneto IV, en el Distrito Nacional, antes descrito, que dicho inmueble no era de su propiedad y que el verdadero propietario es el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez. La compra de este inmueble fue realizada al ciudadano italiano Luca Giannattasio, quien actualmente figura como propietario del mismo, ya que nunca se realizó la transferencia de propiedad inmobiliaria alegando, a través de la abogada Hirlene Sánchez (abogada de la oficina de abogados Jurinvest, del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez), que padecía de problemas psicológicos.

"En fecha veinticuatro (24) de mayo del año dos mil veintidós (2022), el señor Eric Fernando José Mejía Almonte y su esposa Paola Michelle Vásquez Medina, entregaron de manera voluntaria, estando representados y en compañía de sus abogados Eduard Leandro Moya de la Cruz, Marino Feliz Rodríguez y Penélope Miranda Pereyra, al Ministerio Público representado por Wilson Camacho, Titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y Yeni Berenice Reynoso, Directora General de Persecución del Ministerio Público, el inmueble Unidad Funcional 311, identificado como 400422064419: 311, matrícula No. 0100285129, del condominio Torre Veneto IV, ubicado en el Distrito Nacional, en razón de que dicho bien inmueble fue adquirido por el señor Eric Fernando José Mejía, como presta nombre, pues el verdadero propietario es el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez, quien lo adquirió de manera fraudulenta con dinero proveniente de la ejecución de los certificados financieros de las garantías económicas depositadas en el Banco Agrícola Dominicano.

La acusación establece que el 27 de junio del 2022, mediante Orden Judicial de secuestro o incautación SEC Núm. 003-junio -2022, de fecha 14 de junio de este mismo año, el Ministerio Público procedió al secuestro o incautación del inmueble Unidad Funcional 311, identificado como 400422064419: 311, matrícula No. 0100285129, del condominio Torre Veneto IV, ubicado en el Distrito Nacional, en virtud de que el mismo fue adquirido a través de las maniobras fraudulentas cometidas por el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez en coalición de funcionarios públicos y vinculados no funcionarios públicos.

En la actualidad el este inmueble está valorado en doce millones setecientos tres mil pesos dominicanos (RD$12,703,000.00).

"Esta maniobra fraudulenta realizada directamente por el acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez constituyó una apropiación indebida de la cosa pública, desfalco, prevaricación, Estafa contra el Estado y lavado de activos, ya que del fondo de la Procuraduría General de la República desvió dinero a su beneficio personal, y con ello incrementó injustificadamente su patrimonio, enriqueciéndose ilícitamente", precisa el expediente acusatorio del Ministerio Público

fuente.acento

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