El abogado Julio Cury, analizĂł que la salida más apegada a la ConstituciĂłn dominicana a la laguna que deja su artĂculo 274 al no establecer una alternativa en caso de que nuevos presidente y legisladores no pueden ser elegidos antes del 16 de agosto, es la continuaciĂłn de estos en sus cargos hasta tanto puedan ser elegidos sus reemplazos.
El jurista, que en otros tiempos defendĂa la reelecciĂłn presidencial de Danilo Medina sin modificaciĂłn de la Carta Magna y que ha sido representante legal de Medina en conflictos judiciales, elaborĂł un ensayo donde tratĂł de interpretar una soluciĂłn acorde con los principios de la propia ConstituciĂłn a la referida “zona de oscuridad”.
La conclusiĂłn de sus razonamientos fue que “todo remedio que no sea la prĂłrroga del vigente periodo presidencial y congresual, conduce al absurdo, se aparta del sentido que subyace en el artĂculo 275 de la carta sustantiva.”
La constituciĂłn no previĂł quĂ© pasarĂa con el funcionario electivo cuyo mandato llegue a su final sin que hayan sido elegidos sus sucesores, y el artĂculo 274 se limitĂł a establecer el cese del presidente, del vicepresidente, de los legisladores y parlamentarios de organismos internacionales el dĂa 16 de agosto de cada cuatro años.
Entonces, Cury se pregunta: “¿QuiĂ©n se encargarĂa del Poder Ejecutivo y del Congreso Nacional en la eventualidad de que la pandemia nos niegue una tregua para asegurar el derecho al sufragio sin amenaza de contagiarse?”
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El abogado estima que para resolver esa duda debe hacerse uso de la interpretaciĂłn, a partir de los principios y valores de la propia Ley Sustantiva. En ese propĂłsito, se auxilia del artĂculo contiguo, el nĂşmero 275, que reza: “Los miembros de los Ăłrganos constitucionales, vencido el perĂodo de mandato para el que fueron designados, permanecerán en sus cargos hasta la toma de posesiĂłn de quienes les sustituyan”.
De lo anterior, induce que, en caso de no haber elecciones antes del 16 de agosto, las autoridades de turno tendrĂan que continuar ejerciendo sus atribuciones.
Sobre los que proponen un consejo o junta de gobierno
Cury considera que la propuesta de consejo o junta de gobierno para sustituir a Danilo Medina, en caso de no poder elegirse a otro presidente, carece de salida para el vacĂo que se producirĂa en el Senado y la Cámara de Diputados, y se construye “bajo el ámbito de libertad estimativa que comporta la discrecionalidad o el capricho.”
El jurista afirma que esta salida es concebida por los discĂpulos de la ceguera xiolĂłgica, se separa de los valores y principios de la ConstituciĂłn, y altera severamente los cimientos del estado constitucional de derecho.
fuente hoy.com.do
