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Julio Cury: Presidente y legisladores deben permanecer en sus cargos si no hay elecciones antes del 16 de agosto






El abogado Julio Cury, analizó que la salida más apegada a la Constitución dominicana a la laguna que deja su artículo 274 al no establecer una alternativa en caso de que nuevos presidente y legisladores no pueden ser elegidos antes del 16 de agosto, es la continuación de estos en sus cargos hasta tanto puedan ser elegidos sus reemplazos.



El jurista, que en otros tiempos defendĂ­a la reelecciĂłn presidencial de Danilo Medina sin modificaciĂłn de la Carta Magna y que ha sido representante legal de Medina en conflictos judiciales, elaborĂł un ensayo donde tratĂł de interpretar una soluciĂłn acorde con los principios de la propia ConstituciĂłn a la referida “zona de oscuridad”.

La conclusiĂłn de sus razonamientos fue que “todo remedio que no sea la prĂłrroga del vigente periodo presidencial y congresual, conduce al absurdo, se aparta del sentido que subyace en el artĂ­culo 275 de la carta sustantiva.”



La constitución no previó qué pasaría con el funcionario electivo cuyo mandato llegue a su final sin que hayan sido elegidos sus sucesores, y el artículo 274 se limitó a establecer el cese del presidente, del vicepresidente, de los legisladores y parlamentarios de organismos internacionales el día 16 de agosto de cada cuatro años.

Entonces, Cury se pregunta: “¿QuiĂ©n se encargarĂ­a del Poder Ejecutivo y del Congreso Nacional en la eventualidad de que la pandemia nos niegue una tregua para asegurar el derecho al sufragio sin amenaza de contagiarse?”
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El abogado estima que para resolver esa duda debe hacerse uso de la interpretaciĂłn, a partir de los principios y valores de la propia Ley Sustantiva. En ese propĂłsito, se auxilia del artĂ­culo contiguo, el nĂşmero 275, que reza: “Los miembros de los Ăłrganos constitucionales, vencido el perĂ­odo de mandato para el que fueron designados, permanecerán en sus cargos hasta la toma de posesiĂłn de quienes les sustituyan”.

De lo anterior, induce que, en caso de no haber elecciones antes del 16 de agosto, las autoridades de turno tendrĂ­an que continuar ejerciendo sus atribuciones.

Sobre los que proponen un consejo o junta de gobierno

Cury considera que la propuesta de consejo o junta de gobierno para sustituir a Danilo Medina, en caso de no poder elegirse a otro presidente, carece de salida para el vacĂ­o que se producirĂ­a en el Senado y la Cámara de Diputados, y se construye “bajo el ámbito de libertad estimativa que comporta la discrecionalidad o el capricho.”


El jurista afirma que esta salida es concebida por los discĂ­pulos de la ceguera xiolĂłgica, se separa de los valores y principios de la ConstituciĂłn, y altera severamente los cimientos del estado constitucional de derecho.

fuente hoy.com.do

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